La Agencia Tributaria Borrador se ha comprometido a brindar la ayuda necesaria a los contribuyentes y evitar que el sistema arroje los errores comunes que en años anteriores se habían generado por la automatización del sistema de borradores, garantizando de esta forma una recaudación eficiente y sin problemas mayores. Aun así es recomendable que una vez procesado el borrador se revise detalladamente uno a uno los datos antes de proceder a confirmarlo evitando que se rechace el borrador por falta de algún dato importante o por algún error.
Las obligaciones tributarias son un compromiso de todos los españoles, por lo que la Campaña de la Renta trata de facilitar el proceso de declaración y confirmación de borradores a través de la herramienta Renta Web que permite la autogestión y ofrece la ayuda necesaria a las personas que no tienen muchos conocimientos sobre el proceso.
Agencia Tributaria Borrador a través de Internet
Para solicitar el Borrador electrónico se cuenta con un tiempo límite desde el 06 de abril hasta el 30 de junio; este servicio de tramitación electrónica se realiza con el NIF de cada usuario o el Número de Información Fiscal, también se debe tener el número de referencia de inscripción en la Agencia Tributaria Borrador; asimismo, el sistema solicitara un PIN o un DNI electrónico que se envía automáticamente a un numero de celular que se afilia al momento de Solicitar Borrador de la Renta.
En el caso de realizar la solicitud de Declaración Renta mancomunada, el sistema además de pedir los datos mencionados anteriormente le pedirá al usuario los Datos Fiscales y el número de referencia del cónyuge. Es imprescindible que el usuario tenga a la mano todos los datos que el sistema requiere para la solicitud en la Agencia Tributaria Borrador, de esta manera evitara que el sistema caduque por inactividad en la pagina y deba iniciar el proceso de solicitud desde el principio.
¿Cómo Presentar y Confirmar en la Agencia Tributaria Borrador por Otras Vías?
Además de una solicitud electrónica el contribuyente puede solicitar el Borrador de la Declaración de Renta por otras vías teniendo un lapso de tiempo desde el 10 mayo hasta el 30 de junio pasando directamente por las Cajas de Ahorro, Bancos y Cooperativas de Crédito que actúan como colaboradores en la gestión recaudadora, siempre y cuando se encuentren dentro del territorio español.
Algunos contribuyentes eligen la domiciliación bancaria para presentar y confirmar en la Agencia Tributaria Borrador, esto mediante una llamada telefónica al número de servicio especial de la Agencia Tributaria 901.200.345 donde el usuario debe tener a l mano sus Datos Fiscales incluyendo el código internacional de cuenta bancaria o IBAN en el que se esté realizando la domiciliación; este método también aplica para las declaraciones mancomunadas. El contribuyente podrá domiciliar el primer pago de la Renta el cual deberá confirmar antes del 25 de junio; ahora si solo el segundo pago el plazo para la confirmación será el 30 de junio.
Agencias Colaboradoras para la Autogestión Recaudadora
Otra vía para presentar y confirmar es en la Agencia Tributaria Borrador, donde se debe tener una previa cita para ahorrar tiempo y asistir a la oficina autoriza asignada automáticamente por el sistema, esto depende del lugar donde se encuentre el contribuyente y la agencia más cercana. Para la confirmación del Borrador de Hacienda se hace de forma inmediata y se transmite electrónicamente. Otros colaboradores de recaudación que son ideales para la autogestión del contribuyente son los cajeros automáticos, la banca telefónica y la banca electrónica, donde de forma no presencial los operarios de la Agencia Tributaria brindan asesoría.
Borrador de la Declaración de la Renta
Una vez procesado el borrador de la declaración de la renta es indispensable revisarlo antes de confirmarlo; muchos contribuyentes cometen el error de confirmar su borrador sin revisarlo, confirmando algunas veces errores que generan pérdida de tiempo en llenar formas y en otros casos son confirmaciones irreversibles.
Los errores comunes que el sistema no estaba contabilizando en años anteriores y que se espera mejorar en las siguientes campañas de la renta son los de las Deducciones por vivienda, deducciones por alquileres que se estima desaparecerán de ahora en adelante, las del Plan PIVE, limitación de la deducción por aportaciones a planes de pensiones, diferencia por tipos de comunidades como las autónomas que cuentan con una escala de tributación diferente ubicándose en un rango entre el 21.5% y el 48% y las deducciones por Donativos.
Es por esto que los técnicos de Hacienda de la Agencia Tributaria recomiendan al contribuyente dedicar un tiempo para la confirmación del borrador, se estima que en 2 o 3 horas el contribuyente podrá comprobar si se contabilizaron de forma correcta las deducciones a las que tiene derecho. La información que requiere el contribuyente se encuentra en una guía subida en la red que puede descargar de forma gratuita la guía del contribuyente, donde se explican los procesos necesarios para la declaración.
La Agencia Tributaria cuenta con una plataforma que está a disposición de todos denominada Renta Web, donde los técnicos de Hacienda trataran de subsanar la mayor cantidad de errores cometidos en los años anteriores incluyendo la devolución de confirmaciones por falta de datos fiscales.
En el portal www.agenciatributaria.com.ve el contribuyente puede conseguir ayuda técnica para la realización de sus procesos de Hacienda Pedir Borrador y el calendario de recaudación para evitar estar sobre la fecha; asimismo encontrara soporte Teléfono Borrador Hacienda donde se le guiara paso a paso y responderán las preguntas frecuentes en el proceso de presentación y confirmación del Borrador, en caso de una Devolución de Renta y cualquier otro tramite asociado con la declaración de la renta.
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