¿Es legítimo el uso de los decretos ley y otros instrumentos a favor del gobierno de turno?

Aunque parezca que llevamos sumergida en ella durante meses (desde que se anunciaran nuevos comicios), acaba de comenzar la campaña electoral, un periodo en el que todos los partidos aprovechan para sacar lustre a sus medidas más populistas en busca del voto a la desesperada y convencer a la masa de indecisos, que cada vez es mayor y mayor en este país.

De todos los partidos que han alzado la voz con sus medidas en la precampaña, destacan notablemente unos sobre otros. Los unos, quienes a costa de acaparar cuantos más y más titulares mejor, proponen propuestas cuyo trasfondo puede ser cuanto menos debatible o incluso admisible, pero cuyas formas les hacen perder toda credibilidad.

Los otros son directamente el partido en el gobierno, ahora en funciones, que a costa de ganarse un electorado que, hace apenas unos meses, se les escapaba a millones, ha instaurado lo que ha pasado a llamar “los viernes sociales”.

Los viernes sociales no son otra cosa que la aprobación de medidas con un alto componente electoralista que, a golpe de decretazo (fórmula que, amparada en un falso carácter de urgencia, permite la aprobación de leyes sin la necesidad de una mayoría absoluta de las cámaras), posibilitan que un gobierno claramente en minoría pueda sacar adelante las propuestas.

¿Es legítimo el uso electoralista de los decretos-ley?

La respuesta, atendiendo tanto a su propia naturaleza como a la ética de cualquier gobernante o político que merezca serlo, es un absoluto no.

Para lo único que, por su creación, se puede legitimar el uso de los decretos, es para medidas de urgente aplicación. Es decir, medidas de extrema necesidad que se tienen que llevar a cabo lo más rápidamente posible, por lo que no pueden ser expuestas al escrutinio ni a los plazos necesarios para la aprobación de cualquier otra medida o ley.

Es el caso por ejemplo (y no es un ejemplo extremo, se pensó específicamente en estas situaciones cuando se habilito esta fórmula) de un ataque externo y no disponer de presupuesto inmediato o medios asignados para una lógica defensa o contraataque. En este caso, donde seguir cada uno de los pasos para que se apruebe una partida presupuestaria no contemplada o una acción de extrema necesidad (como cierre de fronteras) no es posible, un decreto ley suple todo el proceso y permite la aprobación necesaria al momento.

El problema surge cuando se abusa de esta fórmula y se usa para medios que, aunque facultados por el sistema, no resultan legítimos: es el caso de cada una de las medidas aprobadas en estos “viernes sociales” que no responden a esa “necesidad de urgencia”.

No quiero entrar en debate sobre el contenido de estas medidas, -algunas me parecen positivas, y otras directamente innecesarias, contraproducentes o totalmente electoralistas-, pero de lo que no me cabe ningún tipo de duda es que cada una de ellas, podían y debían haberse aprobado bajo en consenso de todas las cámaras, sin necesidad de realizarse por la vía rápida, fácil e ilegítima.

Claro está, que esta situación me resulta errática, pero no me sorprende, puesto que es la práctica común y tramposa de gobiernos igualmente ilegitimados. Me refiero a gobiernos ilegítimos desde el punto de vista que el ascenso al poder del PSOE se ha llevado a cabo mediante otra fórmula, la de la moción de censura, que permite pero no legitima el gobierno.

¿Se debería limitar el uso de los decretos-ley?

La respuesta está en un planteamiento parlamentario que data ya de 2015 (cuando ya se detectaba por los diferentes gobiernos anteriores, un abuso no justificado) y que la CEOE y diferentes organismos y partidos reclaman tras el récord de decretos-ley llevado a cabo por el actual ejecutivo (25 decretos ley de Sánchez frente a los 23 de Rajoy en el mismo periodo, los siete primeros meses de gobierno).

Se trataría de limitar los decretos a exclusivamente temas que tengan que ver con la seguridad y defensa de los ciudadanos, donde se incluiría también estados de emergencia no solo ante ataques, sino también desastres naturales, accidentes, etc.

De esta forma, se salvaguardaría la funcionalidad de los decretos-ley recogida en el artículo 80 de la Constitución, de igual manera que se evitaría su uso y abuso para otros fines que podrían tener un recorrido natural entre las cámaras.

Un problema de abuso político

El tema de los decreto-ley ha sido tan descarado que merecía todos los apartados descritos solo para tratar este punto, pero no es ni mucho menos la única práctica ilegítima que, absolutamente todos los partidos que llegan al poder, ponen en práctica.

Entraría también dentro de estos abusos desde el uso ilegal a todas vistas de la llamada como “policía patriótica”, hasta las dietas cobradas por parlamentarios que residen en el mismo lugar donde se realizan las votaciones, por citar solo dos ejemplos. ¿Y de quienes dependen poner freno a estas prácticas? Es una de las preguntas que, todos en nuestro derecho como ciudadanos, debemos hacernos el próximo 28 de abril frente a las urnas.



Empresario de la industria del comercio on line,  hincha de Nacional de Uruguay, y padre de dos hermosos chicos que crecen demasiado rápido. ¡Bienvenidos al blog de Juan Pablo Jutgla! El lugar donde intento tener un espacio de expresión sobre ideas, experiencias y vivencias



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