Ayudas para emprender en España.

Resumen de las ayudas para emprender de las AAPP
Uno de los principales problemas a los que se enfrenta un trabajador por cuenta propia o un empresario, es la financiación. Ser autónomo y emprender no es barato, es necesario correr con muchos gastos y hacer un gran desembolso de capital para llevar a cabo una idea de negocio.

Afortunadamente, al capital que puedas desembolsar, es posible añadirle ayudas para emprender que te faciliten ese paso por el desierto que es crear una empresa. A continuación, tienes las líneas estatales para autónomos, a las que puedes sumar las que ofrecen las Comunidades Autónomas a nivel local, que como norma general solo podrás solicitar si tu empresa tiene la sede social en la comunidad. 

Ayudas para emprender, bonificaciones para autónomos

Subvención por establecimiento como trabajador

La cuantía de la subvención, de un máximo de 10.000 euros, la determinará cada Comunidad Autónoma fijándose en los siguientes colectivos: desempleados en general, jóvenes desempleados de 30 o menos años, mujeres desempleadas (en el caso de que fuesen víctimas de violencia de género las subvenciones se incrementarían en un 10%) y desempleados con discapacidad.

Esta concesión de ayudas estará condicionada a la permanencia de 2 o 3 años como trabajador autónomo, de lo contrario, tendría que devolverse.

Subvención para asistencia técnica

La cuantía de esta subvención será de hasta el 75% del coste de los servicios prestados con un límite de 2.000 euros.

Subvención financiera

La máxima cuantía de esta subvención es de un máximo de 10.000 euros y supone una reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privado que conceda el préstamo. Al menos un 75% del mismo deberá destinarse a financiar inversiones de inmovilizado fijo (cuantía no inferior a 5.000 euros), pudiéndose destinar hasta un 25% a financiar el activo circulante.

Subvención para formación

El máximo de subvención será del 75% del coste de los cursos recibidos con un tope de 3.000 euros.

Seguridad Social

Existen diferentes bonificaciones:

Tarifa plana de 60 euros para autónomos

 Esta tarifa plana de 60 euros, entró en vigor en enero de 2019 y es aplicable a los trabajadores por cuenta propia que se den de alta por primera vez o que no hayan causado alta inicial en los 2 años anteriores. Todos ellos, podrán disfrutar de la bonificación en su cotización de la Seguridad Social, la cual tiene unos tramos de reducción vigentes, en la tarifa plana de autónomos 2020, que se van aumentando conforme pasa el tiempo.

Primeros 12 meses: 60 euros de la cuota mínima por contingencias comunes o un 80% de bonificación en caso de cotizar por base mínima de 944,40 euros.

Meses 12 al 18: reducción del 50% de la cuota mínima por contingencias comunes durante el segundo semestre.

Meses 18 al 24: reducción del 30% de la cuota mínima por contingencias comunes durante el siguiente semestre.
Autónomos jóvenes que se incorporen al RETA

Las mujeres menores de 35 años y los hombres menores de 30 tienen derecho a una reducción sobre la cuota de contingencias comunes durante los 12 meses siguientes a la finalización de la tarifa plana, lo cual equivale al 30% resultante de aplicar el tipo mínimo vigente a la base mínima de cotización de este régimen. La duración total de la tarifa será de 36 meses ininterrumpidos.

Bonificaciones para autónomos con discapacidad

Se parte de la base de que el autónomo tenga una discapacidad igual o superior al 33%. Por ello, durante los primeros 12 meses, puede acogerse a una reducción a 60 euros mensuales por la cuota de contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal en el caso de optar por la base de cotización mínima. Si hablamos de cotizaciones superiores, la cuota se reduciría al 80%.

Entre los meses 13 al 60, podrá aplicarse una bonificación del 50% sobre la cuota de contingencias comunes con independencia de la base de cotización elegida, incluida la incapacidad temporal durante 48 meses hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha de alta.

Ayudas para emprender: capitalización del desempleo

El pago único o la capitalización por desempleo es una de las ayudas para emprender más solicitadas al arrancar el negocio. Se trata de una operación que te permite cobrar de una vez todo el paro o parte del mismo para hacerte autónomo o montar una sociedad limitada. Para cobrarla hay que cumplir las siguientes condiciones:

Estar en situación legal de desempleo.

No haber solicitado el pago único con anterioridad, durante al menos 4 años.

Que te queden por cobrar, como mínimo, tres meses de paro.

Comenzar la actividad por cuenta propia, un mes después de la aprobación del pago único.

Darte de alta como autónomo o hacerte socio de una SL, una cooperativa o similar.

Si has impugnado el despido, no podrás solicitar la capitalización hasta que el asunto se haya resuelto.
Sarai Vidal, abril de 2020

Toda la información aquí recogida sirve como resumen de las ayudas encontradas en mayo de 2020, la información completa deberá analizarse, actualizarse y verificarse en las webs correspondientes del estado, de las CCAA y de los organismos que emiten las ayudas y subvenciones.

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