Desde esta publicación queremos dar tranquilidad a este padre. El derecho vela por la igualdad tanto materna como paterna, y aunque en la generalidad de los casos la sentencia es favorable a la madre, hemos de decir que cada vez más, el padre va tomando protagonismo en dicha cuestión.
¿Qué razón existe para que yo no pueda pedirla si puedo perfectamente hacerme cargo de él como he venido haciendo desde que nació? Esta como otras muchas preguntas han sido valoradas por la jurisprudencia, y ejemplo de ello han sido la sentencia, de 28 de enero de 2010, del Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Córdoba y la sentencia núm. 482, de 14 de julio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Córdoba llevadas por la letrada Doña Isabel Pérez Sillero, letrada pionera en Andalucía y puntera en España en conseguir la concesión de la guarda y custodia de los hijos al padre.
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