Peritaje informático de Lexnet: ¿qué hacer si el sistema informático Lexnet emite un certificado con fecha posterior al plazo procesal o sustantivo?

Todos los profesionales de la Justicia, como procuradores, abogados o peritos judiciales, entre otros, deben enviar sus escritos a través de Lexnet. Lexnet es el sistema informático de gestión de notificaciones, propiedad del Ministerio de Justicia, a través del cual se envían, admiten y entregan, a otros intervinientes en el procedimiento judicial, los distintos escritos firmados por los procuradores, abogados, peritos judiciales, Letrados de la Administración de Justicia, jueces, fiscales y otros profesionales, como Abogados del Estado y Graduados Sociales.

Su uso se regula en el Real Decreto 84/2007, de 26 de enero, sobre implantación en la Administración de Justicia del sistema informático de telecomunicaciones Lexnet para la presentación de escritos y documentos, el traslado de copias y la realización de actos de comunicación procesal por medios telemáticos.

Actualmente, todos los profesionales de la Justicia tienen la obligación de comunicar sus escritos a través del sistema informático Lexnet.

En ocasiones puede ocurrir que, debido a algún tipo de error en Lexnet, el sistema emita el certificado de entrega con una marca de tiempo que sea posterior a la finalización del plazo procesal o sustantivo señalado, pese a que el escrito se enviase dentro del plazo. Esto fue lo que le ocurrió a un procurador al que se le envió un escrito para ser aportado a un procedimiento, el cual fue rechazado en primera instancia por haber sido, presuntamente, presentado fuera de plazo. Este rechazo motivó que se le encargara a este profesional un informe pericial informático para demostrar que el escrito había sido entregado dentro del plazo.

El certificado de entrega del escrito presentado por el procurador, emitido por Lexnet, es el siguiente:

Como se puede observar, el certificado se genera a las 15:57 horas y, en el campo “Fecha-hora envío”, se muestra el día 5 de mayo de 2021, a las 15:02:23 horas, instante de presunta admisión en el sistema del escrito. El escrito (un recurso de apelación), se habría presentado, pues, en principio, 2 minutos y 23 segundos tarde.

Para poder demostrar que se produjo un error en el programa Lexnet, fue necesario realizar un análisis forense al disco duro del ordenador del procurador que, en todo momento, autorizó la realización del citado análisis forense, así como de un informe pericial para poder aportar al procedimiento demostrando el error en el sistema. Para ello, en primer lugar, se realizó una clonación de dicho disco ante notario, con objeto de preservar la cadena de custodia de la evidencia. Se muestran, a continuación (anonimizando algunos elementos), tres páginas del acta notarial (la diligencia), donde se describe el procedimiento de volcado forense y se recogen las huellas digitales del disco.



Una vez se trasladó el volcado del disco duro al laboratorio de este perito informático, se procedió, en primer lugar, a indexar el disco con la herramienta forense X-Ways y a determinar a qué hora se había recibido, en la cuenta de correo electrónico del procurador, el correo electrónico enviado conteniendo el escrito del recurso de apelación presentado. Este correo electrónico fue recibido, en el ordenador del procurador, a las 14:51:23 horas, como se observa a continuación en la herramienta X-Ways (se han anonimizado algunos elementos).


A continuación, se determinó la hora a la que se habían descargado estos ficheros por parte del procurador, lo cual se realizó con la herramienta OsForensics. Esta descarga se produjo a las 14:51:10 horas y a las 14:51:46 horas, respectivamente, para cada uno de los dos ficheros adjuntos al correo electrónico enviado (escrito del recurso de apelación e informe pericial anexo). Existen unos segundos de diferencia entre la llegada del correo electrónico (14:51:23 horas) y la descarga del primer fichero (14:51:10 horas), que pueden achacarse a algún tipo de desfase de pocos segundos existente entre el reloj de Windows y el reloj del servidor de correo electrónico, que obviamente no es el mismo que el del ordenador del procurador, sino que pertenece al Consejo General de Procuradores de España. Es obvio que un fichero no puede descargarse antes de ser recibido.

Se muestran las capturas de pantalla de OsForensics.



Finalmente, como el escrito se había presentado a través de la página web de Lexnet (www.infolexnube.es), mediante el navegador Internet Explorer (el único compatible con Lexnet en ese momento, aunque a fecha actual, este navegador ya ha sido descatalogado por Microsoft), se analizó el fichero “WebCache01.dat”, en el que se almacena el historial de páginas web de Internet Explorer.

Dicho fichero se encuentra en la ruta “[root]\Users\Juan carlos\AppData\LocalMicrosoft\Windows\WebCache\”, como se observa a continuación.


Este fichero es un fichero de tipo “ESE” (Extensible Storage Engine), que es una tipología de base de datos especial de Microsoft, que se almacena ofuscada, es decir, que no puede leerse de forma normal con un editor de texto, sino que necesita ser procesada con una tipología específica de programa. El programa utilizado en este caso será “ESEDatabaseView”, de la suite forense NirSoft. A continuación, se muestra una captura de pantalla de este programa con el fichero “WebCacheV01.dat” cargado, concretamente, mostrando la tabla “DependencyEntryEx_84”, que es donde se almacena el historial de Internet Explorer (existen decenas de tablas que almacenan diversos tipos de información del sistema).


Ampliando la zona seleccionada, se pueden observar, claramente, los accesos a la página web de Lexnet (www.infolexnube.es), que se producen en el intervalo que media entre las 14:51:46 horas (instante de descarga del último fichero), y las 15 horas del día 5 de mayo de 2021 (instante de vencimiento del plazo para presentar los documentos).


Parece claro que el acceso de las 14:50:48 horas, no se corresponde con el envío a través de Lexnet de los ficheros descargados, puesto que la descarga del último de los dos ficheros enviados al procurador, se produce a las 14:51:46 horas, siendo evidente que los accesos de las 14:52:49 horas, 14:54:52 horas y 14:56:58 horas son, en efecto, los correspondientes al envío de los ficheros recibidos por el procurador desde el despacho de abogados, puesto que el procurador era conocedor de que el plazo iba a concluir de manera inmediata. El siguiente acceso a Lexnet ya se produce a las 15:01:36 horas, lo que significa que en el sistema Lexnet se produjo algún tipo de error en el procesamiento de los documentos enviados, en palabras del procurador, que la web se quedó “pensando”, pero se demuestra que el envío se produjo varios minutos antes de las 15 horas y, por tanto, antes de la conclusión del plazo.

El juzgado, que solicitaba una “certificación” de que el sistema había fallado, admitió el informe pericial y determinó que el escrito había sido presentado en tiempo y forma.

Desde el despacho del perito informático Don Javier Rubio Alamillo, se ha demostrado, pues, tanto que Lexnet puede fallar, como la forma de contrarrestar, mediante un informe pericial informático, este tipo de errores informáticos de Lexnet.

Este análisis forense no se podría haber realizado si se hubiera utilizado la aplicación de escritorio de Lexnet, puesto que los ficheros de log generados por dicho programa, no se almacenan en el ordenador del procurador, sino en el servidor de Lexnet, al cual no se puede tener acceso. Por tanto, es realmente aconsejable el envío de la documentación por el sistema informático Lexnet, a través de su página web, mediante navegadores compatibles, puesto que es la única forma de demostrar que el sistema informático falló, mediante un informe pericial informático.

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